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Nombramiento de funcionarios: Técnicos y Diplomados Especialistas, Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social (Promoción Interna)

Tipo de resolución:

Nombramiento de Funcionarios

Fecha de publicación:

19 de octubre de 2017

Contenido:

ORDEN PRE/883/2017, de 29 de septiembre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, para ingreso por promoción interna, convocado por Resolución de 4 de julio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto.

Primero.– Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan en el Anexo a la presente orden, adjudicándoseles el destino que se indica. Dicha adjudicación tiene carácter provisional.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, los aspirantes nombrados funcionarios deberán efectuar la toma de posesión, cumpliendo los requisitos señalados en la misma, ante el Secretario General o Delegado Territorial correspondiente.

Tercero.– En el acto de toma de posesión, los aspirantes que han sido nombrados por esta orden, deberán presentar la declaración a la que alude el artículo 31.3. del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se prueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si los interesados viniesen realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997 y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrán de prestar juramento o promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes en el ejercicio de las funciones atribuidas, conforme a lo establecido en el artículo 36.1 b) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

Quinto.– Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.